Tenencia de hijos menores de edad en Perú

La familia es uno de los núcleos más importantes de la sociedad, es desde donde se forman los buenos ciudadanos. Donde se comienza el desarrollo como persona, donde se enseñan los valores, donde se comienzan a desarrollar las habilidades y muchos otros aspectos que son necesarios en la vida de una persona. Los guías son el padre y la madre, quienes deben predicar con el ejemplo para que sus hijos sean personas de bien. Sin embargo, sabemos que esto no es algo que siempre ocurra.

Cuando ocurre una separación de los padres por una causal que no ha tenido solución entre ellos, es cuando toman la decisión de separarse de manera definitiva. No existe tanto problema cuando hay un acuerdo o cuando no hay hijos de por medio. Cuando si los hay, muchas ocasiones no se toma un acuerdo que beneficie a todas las partes involucradas, la más importante es con cual de los dos se quedarán los hijos y cual será el régimen de visitas para el que no los pueda tener. Este tipo de problema legal se le denomina como tenencia de hijos menores de edad en Perú.

La ley de los derechos de los niños y adolescentes, que es la cual aplica en la tenencia de los hijos menores de edad, siempre va a estar en favor de que los niños puedan estar con quien pueda garantizarles un ambiente lleno de armonía. El cual va a favorecer su desarrollo físico, mental y social. No solamente es una decisión que se tome a la ligera por parte de los padres o el juez. Es una decisión que implica muchos aspectos de la vida de los niños que aplicarán inmediatamente, a corto, mediano y largo plazo. Entremos más a detalle.

¿Qué es la tenencia de los hijos?

Como tal se trata de la institución familiar que nace cuando los padres están en proceso de separarse o han completado la separación y tiene como fin determinar con cual de ellos se quedará el o los hijos menores de edad. Solamente, uno puede ejercer el derecho de tener a su hijo o hijos consigo, mientras que el otro tendrá derecho al régimen de visitas.

Se debe separar de la custodia legal que está se refiere al padre con el cual el hijo pasa y vive la mayor parte de su tiempo. En estos casos puede ser para ambos padres denominada custodia conjunta y si es para uno solo se denomina custodia exclusiva. Aunque, en este caso no hay un régimen de visitas y es una de las grandes diferencias.

¿Cuáles son las clases de tenencia?

Tenencia provisional: se trata de un procedimiento que se puede usar cuando el padre que no es poseedor de la tenencia recurre al juez para solicitar porque el menor corre peligro en su integridad psicológica o física. Para ello la autoridad debe investigar esto y determinar si es necesario dar la tenencia provisional. Cuando uno de los padres tiene la custodia de hecho la provisional no la podrá solicitar.

Tenencia de hecho: esta se puede dar por un acuerdo de los padres sin tener que recurrir a un tercero. Los padres tomaron la decisión de tener la tenencia por un acuerdo de tipo expreso o tácito. La otra es por decisión unilateral de uno de los padres.

Tenencia definitiva por decisión judicial: la cual también se puede dar por un procedimiento extrajudicial en calidad de cosa juzgada. Cuando se da este proceso judicial, que suele ser por parte de los Centros de Conciliación o las Defensorías del Niño y Adolescentes de las Municipalidades, es que uno de los dos se quedará con el o los hijos hasta su mayoría de edad.

Régimen de Visitas

Dentro de la tenencia de hijos también se menciona el régimen de visitas, el cual se trata de un derecho de los padres que no tienen la patria potestad. Los padres tienen que cumplir y acreditar diversas pruebas para verificar que están cumpliendo o no con la obligación alimentaria de su o sus hijos. Cuando uno de los padres falleció, está fuera del lugar de domicilio o tiene paradero desconocido, el régimen de visitas podrá ser solicitado por los parientes hasta el cuarto grado de consanguineidad.